14 oct 2022

El Poder Judicial

A pesar de que los defectos de la democracia afectan a su esencia y siguen vigentes las críticas de entre guerras, es verdad que la corrección de los problemas formales y fallos sistémicos de la democracia española pueden servir para mejorarla entre las realmente existentes.

La separación de poderes y la independencia del poder judicial, y no sólo la independencia de los jueces en su acción jurisdiccional, son metas que debemos considerar irrenunciables.

 

 

El sistema judicial español está regulado por la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial y los reglamentos correspondientes. El artículo 24 es piedra de toque de la independencia del poder judicial, la inamovilidad y el derecho al juez natural, con los fueros correspondientes de los representantes públicos y altos cargos; pero el artículo 122 establece un método de elección del órgano de gobierno de los jueces (el CGPJ), se elegirán 4 vocales por el Congreso y 4 por el Senado entre juristas de reconocida competencia, quedando los 12 siguientes entre los jueces y magistrados, según el método establecido por la LOPJ. 

En reforma de 1985 se estableció que seis serían elegidos por el Congreso y seis por el Senado, sometiendo al Consejo General del Poder Judicial al Parlamento.

 

 

El PSOE cambió la ley alegando que no se fiaba de los jueces provenientes del franquismo. Esta excusa no sirve hoy, ya que el juez más joven, nombrado tras la muerte de Franco, tenía 26 años en 1976 y hoy tiene 72 estando inapelablemente jubilado.

Ahora el PSOE dice que los jueces son más conservadores que el común de la población debido a sus duras oposiciones, como si no hubiera gente de izquierda opositando con éxito y no existieran el segundo, tercer turno etc.

Lo que pasa es que al PSOE, y al PP que no ha cambiado la ley cuando ha gobernado, protestando sólo cuando está en la oposición, les interesan jueces afines para juzgar a los políticos y para ello controlar el CGPJ es muy interesante; piénsese que el Consejo incide en el nombramiento del Tribunal Supremo, fuero de los políticos en altos puestos de gestión.

 

 

Como el PSOE y el PP no se ponen de acuerdo, Europa ha enviado al Comisario de Justicia cuyas apreciaciones han resbalado a nuestros políticos. Sería muy interesante conseguir nombramientos electos por jueces y magistrados.

Claro que este problema empieza por el hecho  de que nuestros diputados y senadores, aunque no están sujetos a mandato imperativo, no son auténticamente independientes; las listas cerradas y la circunscripción provincial lo impiden; si fueran electos directamente, su independencia respecto a los partidos alcanzaría al CGPJ, el TC, el Tribunal Supremo, el Tribunal de Cuentas y otros órganos jurisdiccionales.

 

 

Por intentar dominar el poder judicial se ha castigado a Polonia pero, al parecer, con nuestro gobierno hay más cordialidad.

PD. En este sentido ha dimitido Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, para presionar a PSOE y PP. Ya ha comenzado el intercambio de cromos de demostrada fidelidad.

https://www.clublibertaddigital.com/ideas/tribuna/2022-10-14/santiago-navajas-la-separacion-de-poderes-y-la-politizacion-de-la-justicia-en-espana-6943169/

https://www.libertaddigital.com/opinion/emilio-campmany/sanchez-reynders-y-montesquieu-6937586/ 

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