2 nov 2015

Elecciones plebiscitarias

Dada la gravedad de la situación, he esperado para comentar las últimas elecciones catalanas que el gobierno de la Generalidad calificó de plebiscitarias. Es cierto que al hablar de "elecciones plebiscitarias" se incurre en un completo oxímoron: tenemos un plebiscito o tenemos unas elecciones. El planteamiento es, ya de entrada, torticero y golpista; la legalidad vigente ha sido votada por los ciudadanos de Cataluña (en adelante catalanes) desde la CE hasta los Estatutos. El gobierno y el parlamento de Cataluña violan por violar hasta sus propias leyes que piden, para modificar el Estatuto, una mayoría de dos tercios de parlamentarios a favor. Sin embargo, ha sido el propio Gobierno de España el que se ha negado a defender el derecho de los españoles ya sean estos catalanes o no, no ha aplicado la ley ante incumplimientos riterados y declaraciones estrambóticas de soberanía.




Escrutado el 100%; sobre 4.115.807 votos emitidos, hay que decir que la abstención ha sido del 22.56%, luego ha votado el 77.44% de los que tienen derecho a voto, los votos nulos han sido 0.39% y los votos en blanco 0.53%. 
El resultado de Juntos por el Sí (CDC, ERC e independientes): 39.54%, C,s: 17.93%, PSC: 12.74%, CSP: 8.94%, PP: 8.50%, CUP: 8.20% y resto: 3.63%. Parece claro que las opciones unilateralmente independentistas tienen el 47.74% de los votos pero en escaños ganan con 72 sobre 135. 





El parlamento y la mesa de edad se han constituido en tiempo y forma pero hasta finales de octubre no ha habido acuerdo para la mesa. Hoy es Presidenta Carmen Forcadell cuyo primer discurso ha sido una llamada a la independencia y a la desobediencia civil. Como consecuencia, y sin acuerdo para la investidura, se ha presentado una propuesta de JpS y CUP para desconectar con España, desobedecer la ley y organizar la sedición en la calle. 




Paralelamente, la policía y los tribunales persiguen a los Pujol y al partido de Mas, CDC, por diversos delitos de corrupción. Se ha abierto la caja de Pandora. 
Simplemente el hecho de admitir a trámite semejante propuesta es sedición, lo que permitiría aplicar todo el peso de la Ley y el artículo 155 de la CE de suspensión de la autonomía. Si es posible aplicar el estado de sitio con las Cortes disueltas, es posible aplicar el 155. 


La fase de conflicto en la que entramos genera desazón e incertidumbre, no estamos en 1934 ni España, ni tampoco Europa, son lo mismo pero hemos de sumar una preocupación más al negro horizonte del futuro.

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