14 ene 2011

La educación en España II









La educación se muestra, en esta triste España que nos ha tocado vivir, como uno de los campos de batalla donde se dirime el triunfo ya sea de la libertad o de la transformación iluminada en lo que no es.







La Constitución española de 1978 establece en su artículo 27 la libertad de enseñanza y dice textualmente:
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 27.3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. y 149.2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.






Durante años, los tribunales españoles han dictado sentencias favorables a las familias que educan en casa porque no existe ley alguna que lo prohíba y, por tanto, rige el principio de permisión: lo que no está expresamente prohibido se considera permitido. El Estado no puede limitar derechos y libertades si no es por medio de una ley específica.







Además, nos amparan la Constitución y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Pues bien: ahora va el TC y se saca de la manga una sentencia, plagada de imprecisiones jurídicas, en la que eleva la escolarización a la categoría de "derecho del menor"; pero un derecho que es obligatorio y que está por encima de la libertad de los padres a elegir la educación que quieren para sus hijos.







Al Ministerio Fiscal se le fue la pinza y argumentó que la educación en el hogar "debe cumplir unos requisitos". Que yo sepa, ninguna ley española establece requisitos para educar en casa, porque ninguna ley española reconoce explícitamente esta posibilidad. Pero ahora el Ministerio Fiscal nos ilustra y nos indica qué requisitos debemos cumplir, a saber: Por un lado, que su finalidad obedezca al pleno desarrollo de la personalidad humana y, por otro, que esté asegurada la suficiencia de contenidos, ya que es principio constitucional la habilitación a los poderes públicos para homologar e inspeccionar el sistema educativo.







Y se quedan tan anchos, oye. Al principio, pensaba que el TC y el Ministerio Fiscal no dominaban el idioma. Pero veo que lo que no dominan es el Derecho. Por si fuera poco, luego llegan los medios de comunicación y terminan de liarla parda con un amarillismo que no hace bien a nadie. ¿Dónde han estado los medios cada vez que ha salido una sentencia favorable al homeschooling?







De repente, la comunidad homeschooler española está en estado de alarma porque a alguien se le ha ocurrido interpretar la sentencia del TC como si fuera una ley orgánica que nos obligara a todos a escolarizar. La Asociación para la Libre Educación ha tenido que hacer una llamada a la calma, porque algunas familias han creído que esto era algo así como el fin del mundo (del mundo homeschooler español, al menos).







En su comunicado oficial incide en el hecho de que una sola sentencia no crea jurisprudencia, y de que una sentencia no es equiparable a ley alguna. Veo el tratamiento que los medios de comunicación (salvo contadas excepciones) hacen del tema; leo comentarios anónimos en internet; veo el miedo que tienen las familias y me pregunto en qué clase de país vivimos. No sé si somos conscientes de lo que está en juego.







No digo que el homeschooling sea la panacea y que todos debamos hacerlo nuestro, no digo eso. Pero sí creo profundamente en la libertad de elegir. Y tengo la convicción de que si cedemos en la educación de nuestros hijos, lo habremos perdido todo.

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